Toda propiedad horizontal en Colombia cuenta o debe contar con un reglamento, documento legal que establece las normas y reglas para el uso y disfrute de las áreas comunes y privadas de un edificio o conjunto residencial en régimen de propiedad horizontal. Sin embargo, te has preguntado: ¿cada cuánto se puede modificar? ⁉️
Recordemos que este documento, además de establecer las normas y reglas, facilita la convivencia y buena gestión del inmueble. Además, permite regular las relaciones entre los propietarios, establecer las obligaciones y responsabilidades de cada uno y ayudar a prevenir conflictos. En Jelpit Conjuntos te contamos todo lo que necesitas saber al momento de modificar el reglamento de propiedad horizontal. 💜
Aunque la respuesta a la pregunta: ¿ cada cuánto se puede modificar el reglamento de propiedad horizontal? es simple. Cuando sea necesario, ya que solo depende de una decisión unánime por parte de los copropietarios y de la misma propiedad, y tiene como fin mejorar el bienestar de sus propietarios, se deben tener en cuenta algunos aspectos para hacerlo, de manera que esta importante decisión no afecte a la comunidad. 👥👤
Por lo anterior, Duván Cortés, Especialista de la línea de negocio de Jelpit Conjuntos, nos explica. “Para modificar el reglamento de propiedad horizontal, se debe contar con la aprobación del quórum calificado del 70% de los propietarios. Según lo indica la Ley 675 de agosto 3 de 2001 o conforme a lo dispuesto en el reglamento de propiedad horizontal de cada copropiedad”, precisa el especialista.
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Entonces, además de conocer cuándo se pueden hacer estas modificaciones, es importante saber cómo hacerlo y en qué casos se requiere una aprobación calificada del setenta por ciento (70%), para evitar así futuros inconvenientes de tipo legal.
Como excepción a la norma general, las siguientes decisiones requerirán mayoría calificada del setenta por ciento (70%) de los coeficientes de copropiedad que integran el edificio o conjunto: ✅
“De acuerdo a estas modificaciones, los principales impactos que pueden presentarse para los copropietarios son la variación en los aportes de cuotas de administración, uso de las zonas comunes, esenciales y no esenciales. Al igual que las normas de seguridad y convivencia”, puntualiza el especialista de Jelpit Conjuntos, Duván Cortés. 👀
Para responder a esta pregunta nos trasladaremos directamente a las recomendaciones que ofrece la Notaría 19 de Bogotá a través de su página web. Lo primero: recordar que para facilitar esa tarea de reformar el reglamento de una copropiedad debe adaptarse a lo preceptuado por la Ley 675 de 2001, por medio de la cual se expide el régimen de propiedad horizontal. 📄
Lo segundo es definir por qué se ajustará el reglamento. Por ejemplo, cuando se va a hacer una modificación al coeficiente de propiedad del inmueble sujeto a Propiedad Horizontal.
La Notaría 19 de Bogotá, explica otros pasos importantes sobre esta modificación al reglamento que te invitamos a seguir consultando aquí. 👈
🔗 De casa a conjunto: así puedes constituir una propiedad horizontal
Modificar el reglamento de una propiedad horizontal es un proceso que puede requerir tiempo y esfuerzo. No obstante, es importante para mantener una comunidad bien organizada y justa para todos sus miembros.
Así que si estás considerando hacer una modificación al reglamento de tu propiedad horizontal, es importante conocer muy bien todos los procedimientos adecuados para hacerlo. En Jelpit además de proporcionarte información en este artículo, también te ayudamos a tomar decisiones informadas y encontrar soluciones para tu conjunto.
Con Jelpit, tu conjunto fluye. 💜
Publicado originalmente en marzo de 2023.
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Cordial saludo. Suponiendo que se creó un manual de convivencia y que este se debe agregar al reglamento de propiedad horizontal para actualizarlo y hacerlo aplicable ¿Qué precio tiene registrar las reformas al reglamento de propiedad horizontal aprobadas por la asamblea general de propietarios en la escritura pública de una propiedad horizontal?
Hola Ricardo gracias por escribirnos.
De este trámite en Bogotá se encarga la Secretaría Distrital de Gobierno para obtener toda la información puedes comunicarte a la línea 195 o visitar el sitio de trámites a hrefhttp//https//bogota.gov.co/servicios/guia-de-tramites-y-servicios/inscripcion-de-la-propiedad-horizontaltitle-punto-atencion relnoopener target_blankAQUÍ/a o conocer los puntos de atención a hrefhttp//https//bogota.gov.co/servicios/puntos-de-atencion/sede-principal-secretaria-distrital-de-gobierno relnoopener target_blankAQUÍ/a.
Ten un feliz día.
Buena tarde
Porque la ley de propiedad horizontal es para todos igual, y no hay una para edificios pequeños, que no cuentan con zonas verdes, gimnasio, piscina, ascensor. La administración y las cuotas extraordinarias se deberían cobrar por igual. Gracias